Reglamento de Votacion y Dirigentes en Tierra

REGLAMENTO DE ELECCIONES DE DIRECTORIO DEL SINDICATO DE EMPRESA ADMINISTRADORA DE NAVES HUMBOLDT LTDA.

Artículo 1°.

El presente reglamento se dicta para complementar en lo pertinente, las disposiciones Del Título III, artículos 12 y siguientes de los estatutos del Sindicato.

Artículo 2°.

Atendido que el Sindicato se encuentra adscrito al rubro de gente de mar, la cual se conforma de Oficiales naves mayores, Oficiales remolcadores, Personal de tierra y Tripulantes naves mayores, lo cual debe de quedar reflejado en el Directorio de manera tal que todas las visiones sean las que representen y rijan los destinos de la organización, y se establece una forma de votación – elección de conformidad a los artículos siguientes.

Artículo 3º

Primera votación o primarias internas

Una vez iniciado el proceso de convocatoria a elecciones, en primer lugar, se establecerá el número de directores a elegir.

En nuestro caso nos corresponde elegir un Directorio integrado por cinco (5) miembros, por tener la organización 250 o más socios y hasta 999, el socio podrá votar como máximo por cinco preferencias distintas, por ello preferentemente deberán postular al Directorio como mínimo dos (2) Oficiales naves mayores, dos (2) oficiales remolcadores, y dos (2) Tripulantes naves mayores en donde cada socio podrá sufragar por cinco (5) preferencias distintas como máximo.

Primarias internas:

Se harán votaciones internas en donde participarán todos los candidatos al directorio en donde resultarán elegidos las primeras y segundas mayorías de cada estamento es decir dos de naves mayores, dos de remolcadores, y dos de Tripulantes naves mayores, donde quedaran seleccionados seis candidatos para la segunda vuelta.

Esta votación se efectuará internamente, en forma telemática, con organización autorizada para ello en este caso Evoting. Cada socio tiene derecho como máximo a votar por cinco preferencias distintas.

Segunda votación de dos directores

En esta segunda votación, donde se busca elegir los cinco directores, (5) participaran las primeras y segundas mayorías de cada segmento (primera y segunda mayoría candidato oficiales naves mayores, primera y segunda mayoría candidato oficiales remolcadores, primeras y segunda mayoría tripulantes naves mayores), el número de candidatos en este caso será de seis (6).

En este caso los socios del sindicato tienen derecho a votar como máximo por cinco (5) preferencias distintas, siendo elegidos los que obtengan las cinco primeras mayorías.

Este sistema se basa en tener la representatividad y proporcionalidad de cada estamento de este sindicato, en donde ninguno de estos pueda ser un segmento dominante y obtenga tres directores.

Esta segunda votación se efectuará de igual modo por empresa Evoting y siendo supervisada por inspección del trabajo.

Artículo 4°

En el caso de alguna igualdad, el empate se dirimirá proclamando como director al socio más antiguo de los empatados, y de persistir el empate se hará un sorteo por la comisión electoral a cargo del proceso eleccionario.

Artículo 5° 

Tienen derecho a voto todos los socios que estén al día en sus cuotas y tengan una antigüedad igual o mayor a tres (3) meses como socio.

Artículo 6°

El socio que quiera postular para director debe de cumplir con lo dicho en el artículo anterior y hacer efectiva su postulación a través de un correo al sindicato con copia al secretario esta debe de ser no antes de 15 días (pudiendo ser 30) ni después de dos días anteriores a la fecha de elección de primarias.

Artículo 7º

  1. Sueldos de un director en tierra

El sueldo de un director en el caso de oficiales naves mayores que quede en tierra tendrá como tope máximo el equivalente al de un segundo Piloto o Segundo Ingeniero, sin incluir bonos u otros que se generan estando embarcados. Este se regirá de acuerdo al cargo que ocupa y tenga posesión.

En caso que un tripulante de naves mayores que quede en tierra su sueldo será el que gane embarcado, sin bonos u otros que se generen embarcados.

En el caso del que sea un oficial de remolcadores este será de acuerdo al promedio de los últimos seis meses, no incluyen bonos extras, como fin de año, antigüedad, etc., lo cual rige para los dos casos anteriores.

  • Directores en tierra

Los directores del sindicato que ejerzan sus funciones en tierra velarán por el correcto funcionamiento, representación de los trabajadores ya sea organizaciones laborales, instituciones gubernamentales, sindicatos, inspección del trabajo, empresa u otra en cuanto al rubro se refiera, y estarán compuesta por dos directores un Oficial ( naves mayores o remolcadores) y un Tripulante naves mayores, esto de acuerdo a sus responsabilidades y representatividad del gran número de socios del sindicato (420).

Este acuerdo fue ratificado en asamblea y por consulta a todos los socios vía internet la cual fue enviada y respondida por correos electrónicos-

Artículo 8°

Para el proceso eleccionario y atendiendo a los diferentes estamentos que se encuentren los socios se constituirá un órgano supervisor de las elecciones compuesto por tres socios preferentemente que se encuentren en tierra, que supervisaran y certificaran los resultados de estas. Estos no pueden ser socios que estén postulando al Directorio como algún director que este postulando a la reelección.

Artículo 9°

Los directores duraran en sus funciones tres (3) años, teniendo la opción de ser reelectos por periodos consecutivos, de acuerdo a los Estatutos del Sindicato.

Artículo 10º

En el caso de renuncia de un o más directores por una u otra razón, se llamará elecciones para ocupar el cargo faltante en la instancia del renunciado (es) este sea, Oficiales naves mayores, oficiales Remolcadores o tripulantes naves mayores, esto con el propósito de mantener la representatividad y un estamento no pase a ser dominante (art.  3 y 4)

Este reglamento es un complemento a los estatutos de este sindicato y tiene validez para los efectos del proceso de elección de directores.

Reglamento de acuerdo por directorio y ratificado en asamblea.

                                                                                                       Valparaíso, 02 de junio del 2022

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